Valoración participaciones sociedad mercantil

por Nov 4, 2022Entradas

Valoración participaciones sociedad mercantil

Llevo muchos años realizando periciales de sociedades mercantiles dando mi opinión sobre cuál podría ser el valor de mercado de las participaciones de una sociedad mercantil.

Hablamos de una temática difícil, por cuanto no existe un método universal consolidado para poder realizar dicha valoración, existen métodos dispares de cálculo, y cada perito, según su leal saber (valoración subjetiva), tiende a usar su método particular de cálculo, o bien aquel que considere que es aceptado por la mayoría de los auditores de empresas.

En la mayoría de las ocasiones el perito emite su dictamen, pero los intervinientes de la futura operación de compra venta de participaciones acuerdan otra valoración distinta (fruto de las negociaciones), que en muchas veces difiere sustancialmente de los cálculos realizados por el perito, al observar que los cálculos realizados por dicho perito no cubre sus expectativas.

Debemos diferencia entre valor teórico de las participaciones de una sociedad (valor contable) y su hipotético “valor de mercado”. Ese valor hipotético de mercado es el que se encarga de valorar los peritos expertos en la materia.

Podríamos decir que existen dos tipos básicos o métodos de valoración:

Métodos estáticos: El valor de una empresa es la suma de los datos que refleja la contabilidad, actualizados por el valor de mercado o valoración de los inmuebles de los que es titular.

Métodos dinámicos: El valor de una empresa se obtiene mediante la aplicación de fórmulas matemáticas tomando como base principal los beneficios obtenidos por dicha mercantil en los últimos años. El objetivo de usar este método es valorar de alguna forma la clientela o fondo de comercio de la sociedad.

El uso de un método u otro dependerá de las características de la actividad económica que desarrolla la sociedad.

Bajo mi punto de vista, sería conveniente el uso de métodos estáticos cuando los beneficios de la sociedad están relacionados con el alquiler de inmuebles, y por el contrario sería más conveniente el uso de métodos dinámicos cuando los ingresos o beneficios sociales no están relacionados con el arrendamiento de sus activos.

Lo normal es que las entidades mercantiles sean titulares de unos activos afectos a la actividad que desarrollan (y de pasivos) que también hay que tenerlos en cuenta y valorarlos a los efectos de obtener una valoración completa de las participaciones sociales.

La cuestión es que los métodos dinámicos de valoración no contemplan la valoración de esos activos societarios, de ahí que para empresas que generan beneficios (no afectos al alquiler de sus activos) lo conveniente sería el uso de métodos dinámicos de valoración, a los cuales habría que sumar el valor neto de mercado de los activos de la sociedad (valor liquidación).

Entre los métodos dinámicos de valoración, a mí personalmente me gusta uno, por su sencillez, por su lógica, y porque es un método de valoración aceptado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, señalado en el artículo 16 de la Ley del impuesto sobre el patrimonio (capitalizar al tipo del 20 por 100 el promedio de los beneficios de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto, sería algo así como proyectar a 5 años los beneficios que obtendría la sociedad si siguiera con la actividad económica).

En cualquier pericial que se precie, el perito debe utilizar todo su arsenal de sabiduría práctica a los efectos de informar a los clientes pero advirtiéndoles que existen diversos métodos de valoración dinámica que dan resultados dispares, de ahí el problema existente.

Vamos a poner dos ejemplos de cómo podría valorarse la participación social de dos entidades, toda ello sin perjuicio de que en un dictamen pericial un perito podría incluir otros métodos de cálculo distintos.

VALOR PARTICIPACIONES  = VALOR MERCADO ACTIVOS SOCIETARIOS (- PASIVO) + VALOR MÉTODO DINÁMICO.

CASO 1) Sociedad mercantil -una agencia inmobiliaria – que no es titular del local donde desarrolla su actividad.

Según el balance de dicha sociedad, el único activo del que es titular es una cuenta bancaria con un saldo actual de 35.000€ (no existen pasivos).

El beneficio “neto” (después de impuestos) obtenido por dicha mercantil durante los últimos 3 años fueron los siguientes:

Año 2019        100.000€

Año 2020        90.000€

Año 2021        150.000€

Según esa información, el promedio de tales beneficios netos obtenidos por dicha mercantil en los últimos 3 años es de = 113.333,33€ ((100.000 + 90.000 + 150.000) / 3)

Capitalización al 20% = 566.666,65€ (113.666,65 / 0,2)

Las participaciones de dicha mercantil podrían valorarse en 601.666,65€ ( 35.000 + 566.666,65€)

CASO 2) Sociedad mercantil -una agencia inmobiliaria – que SI es titular del local donde desarrolla su actividad.

Situación similar al caso anterior, pero en este caso la sociedad es titular de un local donde desarrolla la actividad que se tasa en 300.000€, y no hay deudas pendientes de pagar por dicha mercantil.

Según esos datos, la participaciones de dicha mercantil podrían valorarse en 901.666,65€ (35.000 + 300.000 + 566.666,65€).

Resumen:

Como se ha expuesto en el presente artículo no existe un método “universal” de cálculo para valorar las participaciones de una sociedad mercantil, atendiendo a la estructura de la sociedad, y de su actividad económica será más conveniente utilizar uno u otro método de valoración.

La valoración de una empresa es un ejercicio de sentido común que requiere unos pocos conocimientos técnicos y mejora con la experiencia. Ambos (sentido común y conocimientos técnicos) son necesarios para no perder de vista: ¿qué se está haciendo?, ¿por qué se está haciendo la valoración de determinada maneja? y ¿para qué y para quién se está haciendo la valoración?

Esperamos que este artículo haya sido de su interés.

Gustavo Adolfo Murillo González

Abogados y Economista en Marbella.

Asesor fiscal en Marbella

Abogado fiscalista en Marbella